Ilegalidad de las liquidaciones emitidas por las autoridades fiscales, como consecuencia de la inobservancia al procedimiento previsto por el artículo 42, párrafos antepenúltimo y penúltimo del código fiscal de la federación

Preámbulo: Lo anterior, incide en la garantía de audiencia y defensa del gobernado prevista por el legislador, por ello, las autoridades fiscales tienen la obligación de informar los hechos u omisiones que detecten cuando puedan entrañar un incumplimiento en el pago de contribuciones, de la manera que expresamente prevé el legislador. “Artículo 42. (…) […]