Como punto de partida, resulta pertinente traer a colación lo dispuesto por los ordinales134, 136, 137 y 139 del Código Fiscal de la Federación, que nos hablan que es IMPRESCINDIBLE que las notificaciones se realicen atendiendo a todas las formalidades, es decir, que no dejen duda de que la información respectiva llegue efectivamente al conocimiento del destinatario, lo que implica… tres